LAS DOSIS MÍNIMA
ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2009
(...).
El porte y consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica...."
SENTENCIA C-491/12
Cuando el porteo la conservación recae sobre sustancia estupefaciente sicotrópica o droga sintética, en cantidades comprendidas incluso dentro de la categoría de dosis personal, pero destinadas no al propio consumo sino a la comercialización, tráfico, e incluso a la distribución gratuita, la conducta será penalizada toda vez que tiene la potencialidad de afectar entre bienes jurídicos, el de la salud pública...(...)
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